REYES MARTINEZ BARROSO, MARIA
Aprovechando el antes y el después de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social y del fundamental pronunciamiento del Tribunal Supremo de 2015, analiza en la responsabilidad civil el fenómeno de la ´cuasi´ objetivación de la culpa del empresario a partir de la apertura del nexo causal entre el siniestro -falta de medidad de prevención- y la inversión de la carga de la prueba, sin desconocer otras variantes en presencia cuando el accidente traiga su razón de ser en un comportamiento culposo del trabajador y en función de su entidad, para convertir en realmente excepcionales -como su nombre indica- no solo los acontecimientos imprevisibles o inevitables, sino la propia negligencia temeraria de la victima.