¿Implica la ponderaci¢n de derechos fundamentales pasar del Estado democr tico al Estado de la jurisdicci¢n constitucional? ¿Conduce la teor¡a de los principios a la paradoja de favorecer desmedidamente la realizaci¢n de los derechos fundamentales, mientras que al mismo tiempo debilita la democracia, sistema pol¡tico que precisamente dichos derechos requieren para poder ser realizados de manera ¢ptima? Estas preguntas subyacen de manera expl¡cita o impl¡cita a la mayor¡a de las cr¡ticas que han venido siendo dirigidas en contra de la doctrina de la ponderaci¢n y de la teor¡a de los principios en las £ltimas d'cadas. Consciente de esta situaci¢n, Robert Alexy ha venido desarrollando el concepto de principios formales desde su, para algunos, gen'rica versi¢n recogida en la Teor¡a de los derechos fundamentales, pasando por el Epilogo a la teor¡a de los derechos fundamentales, as¡ como en diversos art¡culos dirigidos a la problem tica de la discrecionalidad y la teor¡a , de los principios. El devenir de la doctrina de los principios formales en Alexy ha presentado diversos aspectos problem ticos que han motivado