MARTIN MARTIN, GERVASIO
Se compone de dos partes bien diferencias: en la primera se estudia el Estatuto judicial y en la segunda, la organización y la actuación de los órganos llamados a la función de inspeccionar a los Juzgados y Tribunales.
El Estatuto Judicial comporta una serie de derechos, deberes, incompatibilidades, prohibiciones, situaciones, etc, que corresponden a los Jueces y Magistrados como servidores públicos y, al mismo tiempo, es garantía de la independencia en el ejercicio de sus funciones que les corresponde constitucionalmente como integrantes de uno de los Poderes del Estado. Tiene este Estatuto una relevancia capital para el conjunto de los miembros de la Carrera Judicial, por cuanto disciplina el contenido de su posición funcionarial. Pero, además, su conocimiento interesa a los ciudadanos en general y, por supuesto, a los abogados y procuradores que los representan y defienden ante los tribunales, por cuanto la tutela judicial que están obligados a prestar tiene como contenido objetivo el ejercicio de la jurisdicción, que ha de producirse en condiciones de normalidad, y ésta vendrá dada por el cumplimiento de las normas estatutarias.
Por su parte, la Inspección de los Juzgados y Tribunales, que corresponde al Consejo General del Poder Judicial, a través de sus órganos, tiene una dimensión compleja: por una parte, le corresponde la tarea de conocimiento y suministro de información de la situación de los Juzgados y Tribunales, con la finalidad de proporcionar apoyo o ayuda a la mejora de la gestión de los mismos, y por otra, le compete el control de su actividad, tanto desde la perspectiva de la ayuda citada, como desde la perspectiva del ejercicio de la potestad sancionadora, por parte del Consejo General del Poder Judicial, tendente a la depuración de las actuaciones jurisdiccionales contrarias a la norma. Podría decirse, pues, que la Inspección de los Juzgados y Tribunales, visualizada generalmente a través del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, viene a ser los ´sentidos´, en el sentido corporal del término, del Órgano de Gobierno de los Jueces.